Calculadora de Vacaciones República Dominicana
Art. 177 Código de Trabajo — República Dominicana 2026
¿Necesitas calcular tus vacaciones en República Dominicana según lo estipulado en el Código de Trabajo? Nuestra herramienta te facilita el cálculo preciso de tu compensación vacacional, basada en el Artículo 177 del Código de Trabajo (Ley 16-92). Ese artículo establece que, después de un año de trabajo continuo, te corresponden 14 días de salario ordinario, que aumentan a 18 días a partir de los cinco años en la misma empresa. El pago se calcula sobre tu salario ordinario: el Art. 181 define el salario de vacaciones como la remuneración habitual, sin recargo ni bono adicional obligatorio. Si tu contrato o un convenio colectivo te concede un extra por encima de ese mínimo, se suma aparte. Para calcular vacaciones República Dominicana correctamente, considera tu salario base y los años laborados.
Derecho a vacaciones en RD
Después de un año de trabajo continuo, el trabajador tiene derecho a:
- 14 días laborables de vacaciones (1 a 5 años)
- 18 días laborables de vacaciones (más de 5 años)
- Se paga a salario ordinario (Art. 181) — la ley no exige bono adicional
Preguntas frecuentes
Como se calculan las vacaciones segun el Articulo 177 en Republica Dominicana?
De acuerdo con el Artículo 177 del Código de Trabajo de la República Dominicana (Ley 16-92), los empleados acumulan 14 días laborables de vacaciones después de un año completo de servicio continuo. El pago se obtiene dividiendo el salario mensual entre 23.83 para hallar el salario diario y multiplicándolo por los días que correspondan. Se paga a salario ordinario: la ley no establece un bono adicional. El Ministerio de Trabajo supervisa el cumplimiento de estas regulaciones.
Cuantos dias de vacaciones se obtienen en el primer ano?
El derecho a vacaciones se adquiere al cumplir un año de trabajo continuo, y son 14 días laborables según el Artículo 177. El período se cuenta desde la fecha de inicio del contrato laboral. Si la relación termina antes del año, corresponde la parte proporcional al tiempo trabajado. El pago es a salario ordinario, sin bono adicional obligatorio.
Aumentan los dias de vacaciones despues de 5 anos de trabajo?
Sí. Después de cinco años de servicio continuo, los empleados pasan de 14 a 18 días laborables de vacaciones al año bajo el Artículo 177. Este aumento se aplica a los contratos regulares en República Dominicana y se paga igualmente a salario ordinario.
¿Existe un bono o tercio adicional sobre las vacaciones en RD?
El Código de Trabajo no obliga a pagar un bono o tercio adicional sobre las vacaciones. El Art. 177 concede 14 o 18 días de salario ordinario y el Art. 181 define el salario de vacaciones como la remuneración habitual. El “tercio adicional” que a veces se menciona corresponde a la prima vacacional mexicana, que no tiene equivalente en la legislación dominicana. Solo se paga un extra si tu contrato individual o un convenio colectivo lo establece.
Donde puedo verificar el calculo de mis vacaciones en Republica Dominicana?
Puedes consultar el Ministerio de Trabajo para obtener guias sobre el calculo de vacaciones basado en el Articulo 177. Ellos proporcionan recursos oficiales que incluyen ejemplos con numeros especificos como los 14 dias iniciales. Ademas, verifica tu contrato laboral para asegurar que se respeten estos derechos establecidos en la ley.