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Calculadora de Prestaciones Laborales

República Dominicana 2026 — Basado en el Código de Trabajo (Ley 16-92)

¿Cómo se calculan las prestaciones laborales en RD?

Las prestaciones laborales en República Dominicana están reguladas por el Código de Trabajo (Ley 16-92). Incluyen preaviso, cesantía, vacaciones y salario de navidad proporcional. El cálculo depende del tipo de terminación del contrato, el tiempo laborado y el salario promedio.

Preaviso — Art. 76 Código de Trabajo

El preaviso es la notificación anticipada de terminación del contrato. Si el empleador no da preaviso, debe pagar el equivalente en salario:

  • De 3 a 6 meses trabajados: 7 días de salario
  • De 6 a 12 meses: 14 días de salario
  • Más de 1 año: 28 días de salario

Cesantía — Art. 80 Código de Trabajo

La cesantía es la indemnización por terminación sin justa causa. Se calcula sobre el salario promedio de los últimos 6 meses:

  • De 3 a 6 meses: 6 días de salario
  • De 6 a 12 meses: 13 días de salario
  • De 1 a 5 años: 21 días por cada año
  • Más de 5 años: 23 días por cada año

Vacaciones — Art. 177 Código de Trabajo

Todo trabajador tiene derecho a vacaciones con salario ordinario más un tercio adicional:

  • De 1 a 5 años: 14 días laborables
  • Más de 5 años: 18 días laborables
  • Se paga el salario más 1/3 adicional

Salario de Navidad — Art. 219 Código de Trabajo

Conocido como "regalía pascual", es equivalente a 1/12 del salario total devengado durante el año calendario. Se paga a más tardar el 20 de diciembre. Está exento de ISR hasta el límite establecido por la DGII.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan las prestaciones laborales en RD?

Las prestaciones se calculan sumando preaviso (Art. 76), cesantía (Art. 80), vacaciones no disfrutadas (Art. 177) y salario de navidad proporcional (Art. 219). El monto depende del salario mensual, tiempo laborado y tipo de terminación del contrato.

¿Cuándo tengo derecho a recibir prestaciones laborales?

Tienes derecho a prestaciones si llevas más de 3 meses trabajando y el contrato termina por desahucio (empleador termina sin causa) o dimisión (tú renuncias con justa causa). En caso de despido con causa justificada, solo recibes vacaciones y salario de navidad proporcional.

¿Las vacaciones no disfrutadas se incluyen en las prestaciones?

Sí. Si no has disfrutado de tus vacaciones, el empleador debe pagar el equivalente en salario más el tercio adicional que establece el Art. 177 del Código de Trabajo.

¿Cómo calcular cuánto dinero me toca si me despiden?

Depende del tipo de despido. Si es sin causa (desahucio), te corresponden preaviso + cesantía + vacaciones + salario navidad. Si es con causa justificada, solo vacaciones y navidad proporcional. Usa nuestra calculadora ingresando tu salario y fechas para obtener el monto exacto.

Ejemplos de cálculo de prestaciones

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